Facturación electrónica – Proveedores ICB

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre de Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público (BOE 28 de diciembre de 2013) establece la obligación de los proveedores que se relacionan con las Administraciones Públicas a las que les sea de aplicación la mencionada ley de emitir sus facturas de importe superior a 5000 € en formato electrónico (Factura –e) y remitirlas a sus clientes del sector público a través, en el caso del CSIC, del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe).

Los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Instituto de Carboquímica de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas también tienen el derecho a poder remitir las facturas electrónicas inferiores a 5.000 € que emitan a través del FACe, es más se recomienda que esta sea la vía usual de facturación al Instituto de Carboquímica del CSIC puesto que permitirá un seguimiento más riguroso de los periódos de pago, mejorando su contros y visualizando rápidamente el volumen de deuda comercial.

Con objeto de facilitarles la información necesaria para identificar las facturas-electrónicas que emitan mediante la inclusión de los códigos DIR3 de la oficina contable competente para la anotación de la factura, así como los de los órganos gestores, unidades tramitadoras del gasto y pago derivado de cada factura se adjunta una tabla con la información necesaria.

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